La Cámara de Comercio actualiza los Incoterms periódicamente, adaptándolos a las prácticas empresariales. Actualmente se está culminando un proceso de actualización que empezó en 2008. La publicación de los mismos se espera para verano u otoño de 2010 y se pondrán en vigor el 1 de enero de 2011.
Las novedades de los Incoterms 2010:
- Se establecen 2 categorías: los Incoterms “multimodales” (EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DDP) y los “sólo marítimos” (FAS, FOB, CFR, CIF, DEQ) expresando con claridad que las ventas con contenedores deberían de hacerse aplicando siempre Incoterms “multimodales”; en la redacción detallada de cada Incoterm se tratarían primero los “multimodales” y luego los “sólo marítimos”
- Se desaconseja el Incoterm EXW para ventas internacionales pues no incluye la carga del envío en los vehículos que suele efectuarse por la empresa vendedora. Un FCA incluye la carga del vehículo y sería más adecuado. También se pueden presentar problemas para obtener el DUA de la exportación, pues el despacho de exportación lo hace el comprador.
- Se potencia el uso de FCA, CFR o CIF. Las razones para el uso de estos términos con contenedores son: la minoración del riesgo para el vendedor (entrega y transmite el riesgo cuando entrega al primer transportista de la cadena) y menor coste (se adecuan mejor a las prácticas comerciales en puerto y se evitan duplicidades de pago por el concepto).
- Desaparecen los Incoterms DAF, DES y DDU, apareciendo un nuevo Incoterm (DAP: Delivery at place) más adecuado para aplicar a ventas en las que se quiere entregar contratando el transporte principal y entregando en un lugar determinado.
- Se ajustan algunas obligaciones de endedor y comprador en cada Incoterm con el objetivo de adecuarlas mejor a as prácticas comerciales a nivel internacional.
Fuente: Departamento Virtual Familia Profesional Comercio y Marketing de la Región de Murcia