


DDP, Delivered Duty Paid o «entregada derechos pagados», es un Incoterm 2020 que obliga al vendedor a llevar la mercancía al destino convenido y gestionar la importación, incluidos aranceles e impuestos aplicables. La entrega y el riesgo se transfieren cuando queda a disposición del comprador, lista para descargar.
El vendedor prepara el envío, facilita la documentación, organiza el transporte y realiza las formalidades de exportación, tránsito e importación. Asume los costes correspondientes hasta la entrega según DDP, incluidos los derechos e impuestos de importación aplicables.
Antes de cotizar, debe confirmar que puede cumplir esas obligaciones en el país de destino. Contratar un transporte puerta a puerta no demuestra, por sí solo, que exista una solución válida para importar.
El comprador paga el precio acordado, recibe la mercancía y organiza la descarga. También debe prestar la asistencia documental prevista en la regla cuando el vendedor la necesite, a riesgo y coste de este último.
Conviene verificar el acceso del camión, la cita de recepción y los equipos disponibles. «Derechos pagados» no significa que estén incluidos el montaje, la instalación o el traslado dentro del edificio.
El vendedor entrega cuando pone la mercancía, despachada de importación, a disposición del comprador en el punto convenido, sobre el medio de transporte de llegada y lista para descargar.
Un contrato DDP para un almacén de Madrid no sitúa la entrega en el puerto de entrada. El tramo terrestre hasta ese almacén forma parte del recorrido que debe organizar el vendedor.
| Concepto | Reparto ordinario |
|---|---|
| Preparación y embalaje | Vendedor |
| Transporte hasta el punto DDP | Vendedor |
| Exportación, tránsito e importación | Vendedor |
| Aranceles e impuestos de importación | Vendedor |
| Descarga final | Comprador, salvo coste incluido en el transporte contratado por el vendedor |
| Servicios posteriores a la entrega | Comprador, salvo pacto adicional |
Solicita un desglose que identifique transporte, despacho e impuestos. Evita aceptar «DDP sin impuestos» sin definir expresamente qué obligación se está modificando.
DDP asigna la importación al vendedor, pero no modifica la legislación aduanera o fiscal del destino. Hay que verificar quién puede actuar como importador, qué representación se permite y qué registros son necesarios. La posibilidad de recuperar impuestos tampoco queda resuelta solo por elegir DDP.
Si esa estructura no está confirmada, no prometas una entrega DDP. Un agente de aduanas debe revisar la operación concreta antes del envío.
DDP no exige contratar un seguro para la otra parte. El vendedor conserva una exposición extensa al riesgo durante el transporte, por lo que debe valorar su cobertura. La descarga merece una comprobación separada por parte del comprador.
Ejemplo hipotético: un fabricante estadounidense vende repuestos a un distribuidor de Madrid. Antes de aceptar DDP en el almacén español, confirma con sus asesores una estructura válida para realizar la importación.
El fabricante organiza el transporte, el despacho y el pago de los derechos e impuestos correspondientes. El distribuidor recibe el camión y descarga los palés. Si las partes también quieren que el vendedor coloque los repuestos en las estanterías, deberán contratar ese servicio adicional expresamente.
Puede ser útil cuando el vendedor tiene capacidad acreditada para gestionar la importación y quiere ofrecer al comprador un alcance de costes definido hasta destino. Revisa las exclusiones de la oferta y cómo se tratarán las incidencias de recepción.
Evítalo si el vendedor desconoce los requisitos de importación o no puede cumplirlos. Tampoco debe utilizarse como sinónimo de «entregado y descargado»: DPU contempla la descarga por el vendedor, pero deja la importación al comprador.
Con DAP, el comprador se ocupa de la importación y sus impuestos. Con DDP, lo hace el vendedor. En ambos casos, la entrega ordinaria se sitúa antes de descargar; la diferencia no consiste en entregar dentro o fuera del almacén.
Consulta las demás opciones en la guía de Incoterms 2020.
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