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El Incoterm EXW obliga al vendedor a poner la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones (fábrica, almacén, oficina, etc.). A partir de ese momento todos los costes y riesgos corren a cargo del comprador.
Nota: el vendedor no carga la mercancía en el vehículo del comprador ni realiza despacho de exportación.
El seguro no es obligatorio, pero se recomienda que cada parte cubra su tramo de responsabilidad o que una de ellas contrate una póliza integral. En cualquier caso, los términos de la cobertura deben reflejarse en el contrato de compraventa para evitar litigios.
| Riesgo potencial | Motivo | Solución habitual |
|---|---|---|
| Carga en origen | El vendedor no está obligado a cargar; daños durante la carga son responsabilidad del comprador. | Usar FCA si se desea que el vendedor cargue la mercancía. |
| Trámites de exportación | En algunos países el exportador formal debe ser una empresa local; esto puede complicar el EXW. | Pactar asistencia del vendedor o pasar a FCA. |
| Falta de control para el vendedor | No gestiona transporte ni seguros → difícil supervisar la salida de la carga. | Vendedores noveles suelen preferir FCA, CPT o FOB. |
La ICC Academy señala que EXW es más adecuado para operaciones comerciales puramente nacionales. Para envíos transfronterizos, la ICC recomienda utilizar FCA en su lugar, ya que, bajo EXW, el vendedor a menudo no puede presentar legalmente la declaración de exportación. Por ejemplo, normativas como las Foreign Trade Regulations de EE. UU. exigen que el exportador registrado esté ubicado en el país de exportación.
| Atributo | EXW (término actual destacado) | FCA |
|---|---|---|
| Modo de transporte | Cualquier modo | Cualquier modo |
| Punto de transferencia del riesgo | En las instalaciones del vendedor, cuando la mercancía se pone a disposición del comprador (sin cargar) | Cuando se entrega al transportista; si la entrega es en las instalaciones del vendedor, cuando se carga en el vehículo del comprador |
| Responsabilidad de carga | El comprador carga la mercancía (el vendedor no tiene obligación) | El vendedor carga la mercancía si la entrega se realiza en sus instalaciones |
| Despacho aduanero de exportación | Comprador (ICC: problema práctico en operaciones transfronterizas) | Vendedor |
| Mejor opción | Ventas nacionales; comprador experimentado con agente de exportación local | Ventas transfronterizas en las que los bancos necesitan un conocimiento de embarque “a bordo” o el comprador quiere una transferencia de riesgo en un punto claro |
Conclusión: EXW es útil para compradores con red logística y agentes en origen; para operaciones menos experimentadas, conviene valorar FCA u otras reglas que repartan mejor las obligaciones.
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