El Incoterm EXW obliga al vendedor a poner la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones (fábrica, almacén, oficina, etc.). A partir de ese momento todos los costes y riesgos corren a cargo del comprador.
Nota: el vendedor no carga la mercancía en el vehículo del comprador ni realiza despacho de exportación.
El seguro no es obligatorio, pero se recomienda que cada parte cubra su tramo de responsabilidad o que una de ellas contrate una póliza integral. En cualquier caso, los términos de la cobertura deben reflejarse en el contrato de compraventa para evitar litigios.
Riesgo potencial | Motivo | Solución habitual |
---|---|---|
Carga en origen | El vendedor no está obligado a cargar; daños durante la carga son responsabilidad del comprador. | Usar FCA si se desea que el vendedor cargue la mercancía. |
Trámites de exportación | En algunos países el exportador formal debe ser una empresa local; esto puede complicar el EXW. | Pactar asistencia del vendedor o pasar a FCA. |
Falta de control para el vendedor | No gestiona transporte ni seguros → difícil supervisar la salida de la carga. | Vendedores noveles suelen preferir FCA, CPT o FOB. |
Conclusión: EXW es útil para compradores con red logística y agentes en origen; para operaciones menos experimentadas, conviene valorar FCA u otras reglas que repartan mejor las obligaciones.
ICC – International Chamber of Commerce: Incoterms 2020 Rules
https://iccwbo.org/business-solutions/incoterms-rules/incoterms-2020/
ICEX España Exportación e Inversiones: Incoterms 2020 – concretando obligaciones
https://www.icex.es/es/navegacion-zona-contacto/revista-el-exportador/observatorio/incoterms-2020--concretando-obligaciones
International Trade Administration (ITA, EE. UU.): Know Your Incoterms
https://www.trade.gov/know-your-incoterms
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