El Incoterm DAP aparece por primera vez en los Incoterms 2010 y se mantiene sin cambios en la versión Incoterms 2020. Sustituye al antiguo DDU de la edición 2000.
Según este término, el vendedor debe poner las mercancías a disposición del comprador en el lugar de destino acordado, listas para la descarga.
El vendedor no asume la descarga ni los trámites aduaneros de importación, ni tampoco el pago de IVA, impuestos especiales o aranceles en destino.
El comprador asume dichos trámites y costes una vez que la mercancía llega al punto convenido.
En la práctica, DAP deja la mayor parte del proceso logístico en manos del vendedor, lo que lo convierte —junto a DDP— en uno de los Incoterms preferidos por los exportadores que desean ofrecer un servicio de alto nivel.
Polivalente: DAP puede emplearse con cualquier modo de transporte.
Cambios relevantes | Impacto en DAP |
---|---|
Se crea DPU (Delivered at Place Unloaded) en sustitución de DAT. | DAP no sufre modificaciones; sus obligaciones permanecen iguales a las de 2010. |
Ninguna de las partes está obligada por contrato a suscribir un seguro, pero es habitual que el vendedor asegure su tramo de responsabilidad (y, a menudo, toda la cadena logística).
En cualquier caso, conviene reflejar en el contrato:
Exportar bajo DAP permite al vendedor negociar tarifas competitivas con navieras o transitarios, pero también incrementa su exposición a costes por:
Antes de cerrar una venta DAP, verifica:
(Consulte igualmente la normativa aduanera específica del país de destino para confirmar requisitos adicionales.)
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