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El Incoterm FAS es exclusivo para transporte marítimo o fluvial y significa que el vendedor debe entregar la mercancía junto al buque en el puerto de embarque acordado.
Bajo los Incoterms 2020, el vendedor asume todos los costes y riesgos hasta que la mercancía esté colocada junto al barco, pero no a bordo.
El vendedor también es responsable del despacho de exportación, una diferencia relevante con respecto a los Incoterms 2000, donde esta responsabilidad recaía sobre el comprador.
Si trabajas con contenedores, el Incoterm más adecuado es FCA, que permite la entrega en terminales u otros puntos previos al embarque y define claramente la transferencia del riesgo.
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